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El observatorio contra el fraude a la Seguridad Social, es una comisión compuesta por representantes de diferentes organismos del ámbito laboral y seguridad social, y tiene su antecedente en el año 2006, en el denominado Observatorio del fraude social, que nació con el objetivo de analizar y corregir determinadas irregularidades en materia laboral y seguridad social.
En la actualidad, dadas las diferentes reformas en materia laboral y de seguridad social y con el fin de gestionar una de las competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social, el pasado 19 de junio de 2019 se publicó la Orden TMS/6674/2019 por el que se crea un nuevo Observatorio para la lucha contra el fraude a la Seguridad Social,y comenzará su andadura en el mes de septiembre
¿Qué finalidad tiene el observatorio contra el fraude a la Seguridad Social?
Analizar, estudiar, evaluar y formalizar propuestas para actuar contra el fraude en seguridad social, así como promover resultados, y sensibilizar a la población para luchar contra el fraude en Seguridad Social.
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¿Quiénes componen este observatorio?
Estará constituido por los diferentes organismos del ámbito Laboral y de la Seguridad Social, que trabajarán cooperando y colaborando para paliar el fraude en dicho ámbito.
Así, formarán parte de él las entidades gestoras –Instituto Nacional de la Seguridad Social, Instituto Social de la Marina y la propia TGSS- la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social; así como las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
Principales objetivos del observatorio contra el fraude a la SS.
- Mejorar la prevención detección, corrección del fraude en seguridad social
- Realización de estudios y análisis de datos que ayuden a detectar irregularidades
- Promover acciones y medidas a prevenir el fraude derivado de estudios de comportamiento
- Establecer actuaciones de control e inspecciones específicas
- Divulgación de los resultados de las actuaciones que llevaran a cabo, así como potenciar iniciativas y propuestas de modificación normativa.
- Valorar y evaluar de forma anual la situación en seguridad social en cuanto el fraude y los procesos de divulgación contra éste.
¿Qué funciones va a realizar exactamente?
- Gestionar iniciativas de actuación con las diferentes administraciones y/u organizaciones sindicales y empresariales
- Análisis de información ya disponible para la prevención y lucha contra el fraude.
- Analizar hechos y actuaciones que pudieran tener la consideración de fraudulentas e incluirlas en los objetivos de Seguridad Social y la Inspección de Trabajo, para establecer actuaciones contra posibles actuaciones fraudulentas.
- Establecer protocolos de actuaciones ante las posibles acciones fraudulentas no encuadradas ya en los protocolos de las administraciones.
- Realizar un seguimiento de las actuaciones y así poder realizar un posterior estudio sobre la normativa vigente, con el fin de evitar fraude.
- Divulgar y concienciar sobre los resultados y actuaciones de las administraciones colaboradoras.
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¿Cuándo y cómo será constituido el observatorio contra el fraude?
Será constituido en un plazo no superior a tres meses desde la entrada en vigor de la orden y estará formado por un presidente, siendo éste el titular de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, y un secretario, cuyas funciones serán desempeñadas por el titular de la Subdirección General de Recaudación en Periodo Voluntario de la Tesorería General de la Seguridad Social, y por 14 vocales, en los cuales tendrán representación, la TGSS, INSS, ISM, Inspección de Trabajo, Servicio Jurídico de la administración de la Seguridad Social, representantes de los sindicatos y de las asociaciones empresariales más representativas, siendo un total de 16 personas y con carácter provincial.
Éstos conformarán grupos de trabajo de carácter temporal o permanente en función de las acciones a realizar y siempre con un plazo para la consecución de sus funciones y siempre con el fin último de desenmascarar posibles acciones fraudulentas en materia de Seguridad Social.
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