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Detallamos a continuación cada uno de los impresos y modelos oficiales para autónomos necesarios para comenzar la actividad o darse de alta en la seguridad social, en el ámbito laboral.
Información sobre los modelos oficiales relativos al Derecho del trabajo y la Seguridad Social de la Guía publicada por Cepyme.
Modelo 111
Muchos autónomos y empresarios tienen que aplicar retenciones del IRPF en facturas o en nóminas de trabajadores. Todas estas retenciones e incluso algunos premios o ganancias patrimoniales deben declararlas a Hacienda con el modelo 111. Este modelo se presenta de forma trimestral, presencial o en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con firma electrónica o con certificado digital. El modelo 111 es el modelo trimestral por el que las empresas y autónomos declaran e ingresan las retenciones que han practicado durante el trimestre a trabajadores, a profesionales o a empresarios. Lo debe presentar todo tipo de empresario, profesional o sociedad que durante el trimestre o mes correspondiente (será mensual para Grandes Empresas) haya retenido parte de los importes correspondientes a nominas de empleados, a facturas de profesionales y/o a facturas de compra de algunas actividades.
Modelo 190
Es el resumen anual del modelo 111 que se presenta trimestralmente. El modelo 190 en la modalidad de papel impreso deberá presentarse en los primeros veinte días naturales del mes de enero de cada año. Si de otro modo se ha generado telemáticamente el plazo se comprende entre el 1 al 31 de Enero. Están en la obligación a presentarlo todos aquellos que presenten el modelo 111, y es anual.
Modelo TA.1
El modelo TA.1 es el impreso que se debe cumplimentar para proceder a la afiliación y a la asignación del número de la Seguridad Social, si no se ha sido dado de alta con anterioridad. El empresario que vaya a contratar a una persona que no tenga número de Seguridad Social deberá solicitarlo, ya que este es el número que identifica al ciudadano a la hora de relacionarse con esta Administración.
Modelo TA.6
Este modelo es necesario para la inscripción del empresario en la Seguridad Social y la apertura de su primera o principal cuenta de cotización y debe presentarse en la Tesorería General de la Seguridad Social, presencialmente, en la sede más próxima al domicilio de la actividad concreta o por vía telemática, a través de la Sede Electrónica (en caso de que se disponga de certificado digital).
Modelo TA.0521
Es un modelo donde se solicita el alta, baja o variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos. Según el trabajador por cuenta ajena que lo solicite existen diferentes variaciones de este modelo. El impreso se consigue en cualquier oficina de la Tesorería de la Seguridad Social o se puede descargar desde la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. En el caso de las bajas de autónomos se deberá indicar también el motivo por el que causa la baja.
Modelo TA.2/S
Es el modelo oficial para comunicar a la Seguridad Social cualquier alta, baja o variación en los datos del contrato de un empleado. Este modelo es solo para los trabajadores por cuenta ajena o asimilada bajo el Régimen General y debe presentarse:
•Al dar de alta un nuevo trabajador.
•Al dar de baja un trabajador cuyo contrato ha finalizado.
•Cuando los datos del contrato cambian (por ejemplo: variaciones en la jornada laboral, paso de contrato temporal a indefinido, etc.)
Modelos TC1 y TC2
Son documentos oficiales relativos a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena que la empresa tiene afiliados. En concreto, el modelo TC1 refleja las cuotas que corresponden a la empresa y a los trabajadores, mientras el TC2 representa las relaciones nominales de éstos. A efectos prácticos, el TC1 se utiliza para liquidar las cuotas del Régimen General de la Seguridad Social y se cumplimenta a partir de los datos que figuran en el TC2. Salvo que los trabajadores pertenezcan a colectivos de artistas, profesionales taurinos o representantes de comercio, el TC1 servirá a la empresa para pagar las cotizaciones de sus trabajadores. El TC1 también se utiliza como justificante de dicho pago o, en el caso de no hacerse el ingreso, como justificante de su presentación, que es obligatoria.
Modelo TA 7.
Mediante la presentación de este impreso los trabajadores autónomos podrán solicitar el alta, baja o variación de los datos de cuenta de la cotización. Junto al impreso debes aportar la siguiente documentación:
•Documento identificativo del titular de la empresa, empresario individual ó titular del hogar familiar.
•Documento emitido por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, si se solicita nuevo Código de Cuenta de Cotización para realización de actividad distinta, en el que conste la Actividad Económica de la Empresa (no se requiere este documento para el Régimen Especial de Empleados de Hogar).
•En el supuesto de solicitud de Código de Cuenta de Cotización en el Régimen Especial del Mar la documentación que justifique, en su caso, la realización de la actividad.
•Documento identificativo de la persona que formula la solicitud.
•Documento que otorga la representación o autorización a la persona que formula la solicitud.
•La solicitud de variación de datos en la Inscripción del Empresario o, en su caso, de la Cuenta de Cotización se acompañará del documento justificativo de la modificación solicitada
Modelo TC.13/1
La devolución de ingresos indebidos permite la restitución total o parcial al sujeto obligado de las cuotas ingresadas por error, en los términos y supuestos fijados reglamentariamente. El derecho al reintegro prescribe a los 4 años a contar del día siguiente al ingreso de las cuotas. Las devoluciones incluyen el interés de demora desde la fecha del ingreso en la Tesorería General de la Seguridad Social hasta la fecha de la propuesta de pago. Las solicitudes de devolución de ingresos deben dirigirse a la Administración de la Seguridad Social correspondiente al domicilio del obligado al pago. En caso de que éste tenga centralizada su gestión en una Administración en concreto, será ésta la Administración competente.
Impreso de Solicitud de Incapacidad Temporal
Mediante este formulario oficial, el solicitante puede solicitar el pago directo de Incapacidad Temporal. El pago directo de la Incapacidad Temporal, consiste en el abono del subsidio por Incapacidad Temporal realizado por el INSS o la Mutua a favor del trabajador en aquellos casos en los que el trabajador finaliza su relación laboral en la empresa
Impreso por Solicitud pago único desempleo
El Pago Único o la Capitalización del Desempleo lo pueden solicitar aquellas personas que están en desempleo y estén interesadas en iniciar su propio negocio. Te permite cobrar en un sólo pago todo o parte del importe pendiente de la prestación por desempleo (de nivel contributivo).
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