Es habitual que los empresarios se pregunten cómo se calcula el finiquito de sus
trabajadores, ya que puede llegar a ser difícil de comprender. Por ese motivo, te vamos a
detallar qué es un finiquito y cómo calcularlo, con el fin de que aprendas todo lo relacionado
con el mismo, y no tengas problemas a la hora de liquidar a tus trabajadores. En cualquier
caso, no dudes en contactar con nosotros si necesitas una asesoría laboral en Murcia a la
hora de calcular el finiquito de un empleado.

Qué es el finiquito

las cantidades que estos tienen derecho a cobrar, es decir, la liquidación que le
corresponde. El finiquito debe emitirse al finalizar cualquier relación laboral con un
trabajador, por lo que es imprescindible saber cómo calcularlo en todo momento.

Cómo calcular el finiquito paso a paso


El cálculo de la cuantía del finiquito se compone por todas las cantidades que el
empresario aún debe al trabajador (devengadas), provenientes del salario por días
trabajados, de horas extra no cobradas, de vacaciones no disfrutadas o de pagas no
prorrateadas así como las indemnizaciones correspondientes en su caso si las hay (fin de
contrato temporal o despido objetivo). Además, hay otras cuantías que, de haber sido
pactadas en el contrato, también deben incluirse: gratificaciones, cumplimiento de objetivos,
bonus…

Salario pendiente de pago


Para calcular el finiquito paso a paso, primero tendremos que realizar el cálculo del
salario pendiente de pago. Para meses enteros, simplemente sumaremos la cantidad
correspondiente al sueldo del trabajador. Por otro lado, en caso de que el despido tenga
efectos a mitad de un mes, tendremos que dividir el salario mensual entre los días del mes
(28, 30 o 31), y sumar la parte que ya ha transcurrido.

Vacaciones no disfrutadas por el trabajador

El cálculo del importe correspondiente a las vacaciones es fundamental, ya que son muchos
los casos en los que el trabajador es despedido con días de vacaciones pendientes de
disfrutar. Primero, tendremos que conocer cuántos días de vacaciones le corresponden
anualmente, algo que varía en función del contrato o del Convenio Colectivo. Una vez
conozcamos este dato, aplicaremos una regla de tres, teniendo en cuenta:

– Fecha de finalización del contrato (para saber cuántos días ha trabajado en el año) y
por tanto cuantos días de vacaciones ha devengado.
– Días de vacaciones que le corresponden al trabajador por año establecidos en
convenio colectivo aplicable a la empresa.
– Días de vacaciones ya disfrutados en su caso
En caso de que el empleado tenga 30 días anuales de vacaciones, y termina trabajando
290, sabremos que, si por cada 360 días dispone de 30 de vacaciones, por 290 días le
corresponden 24,16 días de vacaciones.

Pagas extraordinarias devengadas

En caso de haber pagas extras no prorrateadas, algo muy habitual, primero tendremos que
saber el número de pagas extraordinarias establecidas en convenio colectivo y su modo de
devengo, si es anual o semestral y, con estos datos así como los conceptos salariales que
van incluidos en las pagas extraordinarias determinaremos su importe.
Una vez conocidos todos estos datos se procederá al calculo de la/s pagas extraordinarias
devengadas por el trabajador desde 01/01 hasta fecha de finalización del contrato.

Pluses no abonados durante el último año


Si en el contrato o en el Convenio Colectivo se han pactado pluses de devengo superior al
mensual (por ejemplo bonus o comisiones etc…) por distintos conceptos, estos deberán
tenerse en cuenta a la hora de calcular el finiquito, dependiendo los mismos de la
condición particular de cada trabajador.
No dudes en contactar con nosotros si necesitas asesoramiento laboral que te ayude con
este apartado.


Indemnización por finalización de contrato o por despido


A la hora de calcular las indemnizaciones a liquidar en finiquito debemos tener en cuenta
dos conceptos:

  1. Salario día del trabajador: para determinar el salario día hay que sumar todas las
    nominas del trabajador en los ultimos doce meses trabajados sumando además las
    pagas extraordinarias correspondientes si no van prorrateadas en la nomina
    mensualmente, una vez obtenido así el salario bruto anual del trabajador se dividirá por
    365 días o 360 (según sea el salario diario o mensual respectivamente) para obtener el
    salario día.
  2. Los días de indemnización que le corresponden. Variaran en función de la causa de
    extinción de la relación laboral correspondiendo una cantidad de días por cada año
    trabajado prorrateándose por meses completos los periodos inferiores al año (por
    ejemplo para un trabajador que comienza a trabajar el 01/01 y se despide el 15 de
    septiembre de ese mismo año se computarán 9 meses trabajados ) y así:


-En el caso de la finalización de un contrato temporal bien sea eventual por
circunstancias de la producción o bien de obra o servicio determinado, el
trabajador tendrá derecho a una indemnización de 12 días de salario por año de
servicio como norma general, salvo que el convenio colectivo establezca otra
indemnización específica para estos contratos (p. ejemplo convenio colectivo de
construcción de Murcia)


– En caso de indemnización por despido, estas influyen al cálculo del finiquito de
forma distinta, en función de las características del mismo:

Si el despido es objetivo (por causas técnicas, organizativas, económicas o de
producción o por ineptitud sobrevenida del trabajador), corresponderán 20 días
de salario por cada año trabajado.

-En caso de que el despido sea improcedente debemos tener en cuenta la fecha
de contratación del trabajador ya que:


– si el contrato es anterior a 12 de febrero de 2012 el finiquito se calculará
sumando dos tramos diferentes: para los días anteriores a esa fecha se
indemnizará con 45 días de salario por año trabajado con un máximo de 42
mensualidades, mientras que para los días posteriores a esa fecha se abonará
una indemnización de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24
mensualidades.

– Si el contrato es posterior a 12 de febrero de 2012 corresponderán de
indemnización 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24
mensualidades.

Ahora que sabes cómo calcular el finiquito por despido, solo te queda seguir los pasos
expuestos anteriormente, y tendrás las cuantías correspondientes a cada trabajador de
forma rápida y sencilla.

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