El despido disciplinario es una figura del ámbito del derecho laboral que genera gran interés y preocupación entre empresarios y trabajadores. Se trata de un tipo de despido, regulado por el Estatuto de los Trabajadores, que implica la extinción unilateral del contrato por parte del empresario.

Qué es un despido disciplinario

El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores define y regula los despidos disciplinarios y los motivos que pueden justificarlos. Es un tipo de despido que consiste en la extinción del contrato laboral por el empresario, a causa de incumplimientos graves y culpables del trabajador.

Se trata, por tanto, de una modalidad de extinción del contrato laboral que se produce siempre por la decisión unilateral del empresario y se basa en la realización de conductas graves y deliberadas del trabajador. Es la sanción más grave que un empresario puede imponer.

Causas de despido disciplinario

Las causas de despido disciplinario se definen dentro del artículo 54 del Estatuto de los trabajadores. Para justificar el despido, las causas alegadas deben ser incumplimientos contractuales, tal y como establece el propio artículo 54 al establecer los motivos que se consideran incumplimiento contractual.

Son en total siete causas, que podemos agrupar de la siguiente manera:

Incumplimientos laborales graves

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad. Es uno de los motivos más habituales de despido disciplinario, dado que afecta directamente a la organización de la empresa y al rendimiento general.
  • Indisciplina o desobediencia. Cuando esta conducta es grave, puede considerarse causa justa de despido disciplinario.
  • Ofensas verbales o físicas al empresario, compañeros o terceros. Es un comportamiento que daña la convivencia e incluso la seguridad en el entorno laboral.

Daño intencionado a la empresa

  • Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza. Como puede ser el uso de los recursos de la empresa para fines personales o la revelación de información confidencial.
  • Disminución voluntaria y continuada en el rendimiento del trabajo. Este es un motivo que requiere probar que la caída en el rendimiento no se debe a factores externos o personales ajenos a la voluntad del trabajador, lo que puede ser complicado.

Conductas delictivas y otras causas graves

  • Acoso laboral o sexual. Pueden ser conductas dirigidas al empresario o a compañeros y, además de ser motivo de despido, pueden derivar en responsabilidad penal.
  • Embriaguez o toxicomanía. Para ser alegada, esta causa debe repercutir negativamente en el desempeño del trabajador.

Consecuencias legales 

El despido disciplinario tendrá consecuencias en función de su clasificación por los órganos competentes. Así, tanto su validez como sus efectos dependen de si se considera un despido procedente, improcedente o nulo.

Despido procedente

Siempre que la empresa demuestre que las causas alegadas son ciertas y graves, estaremos ante un despido procedente. En este caso, el trabajador no tiene derecho a indemnización, pero sí a finiquito, es decir, a la liquidación de los conceptos pendientes, como vacaciones no disfrutadas o salarios atrasados.

Es importante tener en cuenta que el trabajador también podrá acceder a la prestación de desempleo, siempre que cumpla el resto de los requisitos establecidos por la legislación de la seguridad social.

Despido improcedente

Tanto si los motivos del despido disciplinario no son acreditados o se incumplen los requisitos de forma, el despido puede ser declarado improcedente.

En tales casos, el empresario estará obligado a optar entre la readmisión del trabajador o el pago de una indemnización según la antigüedad y el salario del trabajador.

Despido nulo

Se produce cuando el despido disciplinario vulnera derechos fundamentales del trabajador, tales como la igualdad, la no discriminación o la libertad sindical.

La consecuencia de la declaración como nulo será que la empresa tendrá que readmitir al trabajador y abonar los salarios dejados de percibir. 

Procedimiento de un despido disciplinario

Una de las exigencias para que un despido disciplinario sea válido es que cumpla con la forma establecida; por ello, el procedimiento es importante.

Para que el despido sea válido, tendrá que seguir el siguiente curso:

Comunicación escrita.

La empresa debe entregar una carta de despido al trabajador, en la que especifique los hechos que justifican el despido, la fecha de efectos del despido y la normativa aplicable.

En este punto, es importante destacar que la comunicación de esta carta debe realizarse de forma fehaciente. Puede ser por medio de burofax o telegrama, pero bastará con que se entreguen dos copias al trabajador para su firma y que el empresario conserve copia firmada.

Plazos

Aunque no hay un preaviso en este tipo de despidos, debe aplicarse la sanción de despido dentro de los 60 días desde que la empresa tiene conocimiento de una falta muy grave. Tampoco pueden superarse los 6 meses desde que sucede el incumplimiento.

Audiencia previa

Hasta ahora, en determinados casos, como cuando se trata de un representante sindical o bien era obligación establecida en el convenio colectivo aplicable, se requiere un trámite de audiencia previa ante los correspondientes representantes sindicales.

Novedades en 2024: la audiencia previa

Recientemente, la sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 18 de noviembre de 2024, introdujo una modificación en el procedimiento de despido disciplinario que puede resultar clave. Se trata de la obligación de realizar un expediente previo con audiencia al trabajador en todos los casos de despido disciplinario.

Para las empresas, esta nueva obligación implica la necesidad de documentar y justificar adecuadamente las causas del despido mediante un expediente disciplinario. Además, tendrán que permitir al trabajador presentar sus alegaciones antes de formalizar la decisión.

En este sentido, supone un cambio significativo en cuanto a la carga administrativa, por cuanto se exige un mayor rigor en la recopilación de pruebas y en la comunicación interna.

En cuanto al trabajador, este nuevo procedimiento refuerza su posición, al garantizar su derecho a ser escuchado, evitando decisiones precipitadas o injustificadas.

El despido disciplinario es una herramienta legal que debe ser utilizada con responsabilidad y conforme a los requisitos legales. En ASELEC ofrecemos servicios de asesoría laboral en Murcia a través de un equipo especializado que puede ayudarte a gestionar tus relaciones laborales de manera eficiente y en cumplimiento con la normativa vigente.

Pin It on Pinterest