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La contratación de personas con discapacidad conlleva una serie de ventajas para las empresas, tanto económicas como sociales. Tomar conciencia de esta realidad, ha derivado en un notable incremento de su contratación en los últimos tres años.
Sin embargo, este aumento sigue siendo insuficiente ya que sólo tiene trabajo (o está en su búsqueda) el 36% de este colectivo. Con el objetivo de aumentar la tasa de actividad este colectivo y favorecer así su integración social y laboral, existen una serie de ventajas económicas de las que se pueden beneficiar las empresas al contratar trabajadores con discapacidad.
Los requisitos que debe reunir el trabajador con discapacidad son, entre otras:
- Discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo correspondiente, normalmente dependiente de las Comunidades Autónomas.
- Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.
- No puede haber tenido un vínculo con la empresa en los 24 meses anteriores por un contrato similar
La contratación de personas con discapacidad ES UNA APUESTA RENTABLE para la empresa, ya que proporciona bonificaciones a la cuota de la Seguridad Social, beneficios fiscales y subvenciones.
Bonificaciones a la contratación:
Las bonificaciones en la cuota de Seguridad Social van desde los 3500€ anuales y pueden ascender hasta más de 6000€, dependiendo del grado de discapacidad, sexo y edad del trabajador, además del tipo de contrato y jornada laboral.
El contrato que se realice puede ser temporal o indefinido.
Contratos temporales
En el caso de contrato temporal, la duración ha de ser entre doce meses y tres años. Las prórrogas nunca podrán ser de duración inferior a doce meses.
Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
Trabajadores sin discapacidad severa:
Hombres |
Mujeres |
|
Menores de 45 años |
3500€/año |
4100€/año |
Mayores de 45 años |
4100€/año |
4700€/año |
Trabajadores con discapacidad severa:
Hombres |
Mujeres |
|
Menores de 45 años |
4100€/año |
4700€/año |
Mayores de 45 años |
4700€/año |
5300€/año |
Contratos indefinidos
Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
Trabajadores sin discapacidad severa:
Hombres |
Mujeres |
|
Menores de 45 años |
4500€/año |
5350€/año |
Mayores de 45 años |
5700€/año |
5700€/año |
Trabajadores con discapacidad severa:
Hombres |
Mujeres |
|
Menores de 45 años |
5100€/año |
5950€/año |
Mayores de 45 años |
6300€/año |
6300€/año |
Otros incentivos:
- Subvención de 3.907€ por cada contrato celebrado a tiempo completo (se reducirá proporcionalmente si se contrata a tiempo parcial).
- Deducción del Impuesto de Sociedades de 9.000€ en la cuota íntegra por cada persona contratada.
- Subvención de hasta 901,52€ para la adaptación del puesto de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas para el discapacitado.
Por último, recordar que la integración laboral de personas con discapacidad es sin duda, rentable para una empresa en términos económicos, pero también lo es como muestra de su compromiso activo con la sociedad. Al tomar esta decisión su empresa está dando a conocer sus valores de respeto, diversidad y meritocracia.
Emilia Espin
Dpto.Laboral-Jurídico
Aselec consltores, s.l.p.
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