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¿Quieres conocer las ventajas de emprender y saber, entre otras cosas, qué gastos podrías deducirte o las ayudas que puedes recibir?
¿Eres un nuevo emprendedor?¿Te estás planteando por primera vez una actividad económica como persona física?¿Tienes una idea de negocio pero no sabes por dónde empezar los trámites para la puesta en marcha del mismo?
¿No sabes aún cuáles son las ayudas o beneficios puedes obtener de la Administración o qué gastos, de los muchos que ocasiona la puesta en marcha de un nuevo negocio, puedes deducirse y pagar menos impuestos?
Al principio todo son dudas sobre los procedimientos y pasos a seguir. Pero estamos aquí para ayudarte e informarte de todo lo que te interesa. Sigue leyendo.
Primeros pasos del emprendedor
¿Cómo creo una empresa? Si eres un nuevo Emprendedor, el servicio de Apoyo a Emprendedores de ASELEC Consultores está pensado para colaborar estrechamente contigo, formar parte de tu equipo en el área legal y financiera, y ayudarte a que tu proyecto se desarrolle con éxito.
En primer lugar, una vez que hayas analizado la idea de negocio y tomes la decisión de emprender, deberás elegir la forma jurídica adecuada para desarrollar la actividad, es decir, si darse de alta como autónomo o crear una empresa. Puede que estos artículos te ayuden a orientarte en esta nueva aventura empresarial:
Las ventajas de emprender y los gastos deducibles
Una vez iniciado el negocio, nos centramos hoy en algunos de los beneficios fiscales y laborales a los que puede optar si inicia por primera vez una actividad económica como persona física, así como los gastos que puede deducirse, con el objetivo de reducir el pago de impuestos.
Como ya hemos indicado, es muy importante acudir a un profesional que estudie su caso concreto, puesto que algunos de los beneficios a los que vamos a hacer referencia en este artículo, pueden perderse si no se tramitan o aplican correctamente.
Tanto en el comienzo del proceso de creación de una empresa, como en el desarrollo de la misma, el emprendedor se enfrenta a aspectos legales, contables, jurídicos, que no siempre será capaz de resolver por sí mismo. La figura de una asesoría puede ser vital para el futuro de su negocio. Porque el camino es largo y exigente, y necesita de toda su ilusión para llevar a cabo su proyecto con éxito, pero también de consejos expertos que le orienten en temas técnicos que desconoce.
Beneficios a nivel laboral de convertirte en emprendedor
Cuando un trabajador causa alta inicial como persona física en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en caso de optar por la base de cotización mínima, el pago de la cuota mensual está bonificado durante un período de 24 meses, siendo las cuantías a abonar las siguientes:
- Los primeros 12 meses siguientes a la fecha de efectos del alta, el pago se reduce a 60 euros al mes (durante el ejercicio 2019).
- Los siguientes 6 meses, el coste mensual del autónomos sería de 141,70 euros aproximadamente.
- Los últimos 6 meses, la cuota asciende a 198,30 euros aproximadamente.
Además, si es usted un hombre menor de 30 años o mujer menor de 35 años, una vez finalizados los 24 meses indicados en el párrafo anterior, puede ampliar durante 12 meses más, el pago de la cuota de 198,30 euros, hasta completar los 36 meses.
Ventajas fiscales en el IRPF para el emprendedor
Reducción por inicio de una actividad económica.
En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, si ha iniciado una actividad económica por primera vez y determina su rendimiento neto en estimación directa (que es la modalidad más habitual), podrá reducir en un 20% el rendimiento neto positivo.
Se entiende que se ha iniciado una actividad económica, si no hubiera ejercido actividad económica alguna en el año anterior a la fecha de inicio de la misma, sin tener en consideración aquellas actividades, en cuyo ejercicio se hubiera cesado, sin haber llegado a obtener rendimientos netos positivos desde su inicio.
Debe tener en cuenta, que el límite sobre el que se aplicará esta reducción se establece en 100.000 euros, es decir, el importe de la reducción máxima es de 20.000 euros.
Además existe una exclusión, no resulta de aplicación esta reducción en el ejercicio en el que más de la mitad de sus ingresos procedan de una persona o entidad de la que hubiera percibido rendimientos del trabajo en el año anterior al inicio de la actividad.
Reducción para rentas exentas inferiores a 12.000 euros.
Es bastante frecuente que al iniciar una actividad económica, los rendimientos no sean demasiado elevados, por lo que posiblemente pueda beneficiarse de la siguiente reducción, cumpliendo el resto de requisitos establecidos.
Si los rendimientos netos de su actividad económica son inferiores a 12.000 euros, podrá reducir dicho rendimiento en las siguientes cuantías:
- Contribuyentes con rentas no exentas iguales o inferiores a 8.000 euros anuales: 1.620 euros anuales.
- Contribuyentes con rentas no exentas comprendidas entre 8.000,01 y 12.000 euros anuales: 1.620 euros – [0,405 x (Base Imponible – 8.000 euros)].
Para poder aplicar lo indicado anteriormente, el total de sus rentas exentas, es decir, la suma de los rendimientos netos del trabajo, capital mobiliario, inmobiliario, las imputaciones de rentas, las ganancias patrimoniales computadas en el año y los rendimientos de la propia actividad económica, deben ser inferiores a 12.000 euros.
Gastos deducibles para el nuevo emprendedor
Para que un gasto sea fiscalmente deducible, debe cumplir algunos requisitos:
- El gasto debe estar vinculado a su actividad económica, es decir, que sea propio y necesario para el desarrollo de la actividad.
- Tiene que estar justificado documentalmente, es decir, debe disponer de la documentación que lo acredita (factura y medios de pago).
- Debe estar correctamente reflejado en sus libros registro.
Entre otros, podemos incluir como deducibles fiscalmente cumpliendo los requisitos anteriores, los gastos por compras de mercancía, material de oficina o equipos informáticos, los arrendamientos de locales de negocio, la seguridad social del autónomo, los servicios de profesionales independientes o los gastos por suministro.
En ASELEC formamos parte de la red PAE, siendo un Punto de Atención al Emprendedor y contamos con una dilatada experiencia en el alta de autónomos y creación de sociedades.
Contacta con nosotros para concertar una cita, le resolveremos sus dudas y estudiaremos su caso particular para aconsejarle en su negocio y ponerlo en marcha.
Marga Velasco
Economista Fiscalista en ASELEC Consultores